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Si eres autónomo en España, cada trimestre presentas modelos de IRPF e IVA (y retenciones si aplican). Esta guía resume obligaciones, plazos, bases de cálculo y errores frecuentes para evitar recargos y sanciones.

Entidades y normativa clave

Para posicionamiento y claridad, ubicamos cada modelo en su marco normativo y administrativo, y aclaramos su relación con los libros registro.

  • Organismo: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  • Modelos: 130 (IRPF pagos fraccionados), 303 (IVA), 111 (retenciones a profesionales/empleados).
  • Normativa: Ley IRPF, Reglamento IRPF, Ley IVA, Reglamento de facturación, SII (si aplica), recargo de equivalencia (comercio minorista), módulos/estimación directa.

¿Qué modelo presenta cada autónomo?

Según tu actividad, régimen y si practicas retenciones, puede que presentes unos u otros modelos. Aquí tienes la lógica básica para no equivocarte.

  • Modelo 130: IRPF trimestral si no más del 70% de ingresos lleva retención.
  • Modelo 303: IVA trimestral (salvo exentos o regímenes especiales).
  • Modelo 111: Retenciones practicadas a terceros (profesionales, trabajadores).

Plazos, pagos y recargos

Los modelos trimestrales se presentan en abril, julio, octubre y enero. Los recargos por presentación fuera de plazo dependen de si hay requerimiento y del tiempo transcurrido.

  • Trimestres: 1T (enero–marzo), 2T (abril–junio), 3T (julio–septiembre), 4T (octubre–diciembre).
  • Presentación habitual: días 1–20 del mes siguiente al trimestre (enero incluye cierre y modelos anuales).
  • Recargos: del 1% al 15% sin intereses si es voluntaria; sanción si hay requerimiento.

Tabla informacional: qué declara cada modelo

Resumen práctico de la finalidad de cada modelo y su base de cálculo para confección rápida y chequeo final.

Modelos trimestrales del autónomo: finalidad y base
ModeloImpuestoQué declaraBase de cálculo
130IRPFPago fraccionadoRendimiento neto (ingresos − gastos deducibles)
303IVACuota a ingresar/devolverIVA repercutido − IVA soportado deducible
111IRPFRetenciones practicadasSuma de importes retenidos a terceros

Tabla comparativa: estimación directa vs. módulos

La forma de calcular IRPF e IVA varía según el método elegido o asignado. Esta tabla resume diferencias clave.

Comparativa rápida entre regímenes de tributación
CriterioEstimación directaMódulos (EO)
Cálculo IRPFIngresos − gastos realesÍndices/módulos oficiales
Libros registroIngresos, gastos, bienes inversiónSegún módulos (menos carga formal)
IVA 303Repercutido − soportadoPuede estar simplificado o recargo equivalencia
Adecuado paraActividades con gastos relevantesPequeños comercios con parámetros estables

Errores frecuentes y cómo evitarlos

Un buen control de libros, facturas y conciliaciones es la mejor prevención frente a requerimientos y sanciones.

  • No cuadrar 303 con libros de IVA y con el 390 anual.
  • Olvidar 111 cuando pagas a profesionales o tienes nóminas con retención.
  • No reservar tesorería para 130 en el trimestre con más beneficio.

Cómo te ayudamos

Nos encargamos del alta, confección y presentación de todos tus modelos, conciliaciones y avisos de tesorería, y te guiamos si llega un requerimiento.