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El informe de información no financiera (EINF), tiene su origen en la Ley Orgánica 11/2018 del 28 de diciembre, y deberá incluirse dentro del informe de gestión, o en forma separada, siempre que se publique junto a éste.

Con toda esta información se pretende recuperar y afianzar la confianza de los inversores mediante la transparencia y facilitar la comprensión y la estructura de la empresa o del grupo. Afianzar la credibilidad y la confianza.

¿Qué empresa debe presentar el informe de información no financiera?

Es obligatoria su confección tanto para las sociedades como para la información consolidada, cuando se trate de sociedades con las siguientes características:

  • Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según articulo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.
  • Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    • El total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.
    • El importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.
    • El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.

Contenido de la información no financiera

Si se compara la Ley 11/2018 con la anterior norma reguladora, puede comprobarse que la nueva ley establece una mayor concreción del contenido que se incluye en el informe de gestión.

Su confección, a mucho más allá del ámbito financiero e implica a casi la totalidad de departamentos de la empresa. En el informe no financiero se debe incluir una breve descripción del modelo de negocio y una descripción de la aplicación en el grupo de las políticas en materia.

contenido de la información no financiera

Informe de gestión

  • Modelo de negocio > Se incluye el tipo de negocio y su entorno, así como la organización y la estructura. Además, habrá que incluir los mercados en los que opera, los objetivos y las estrategias; estos últimos datos son los que indicarán la evolución y las necesidades del grupo de empresas.
  • Políticas > Se definirán los procedimientos y líneas directrices de la empresa, así como la diligencia debida.
  • Resultados > Son los indicadores clave de los resultados no financieros, que permiten el seguimiento de los avances. Los datos tienen que favorecer la comparación entre sociedades y sectores de acuerdo con las referencias que se utilizan para cada materia.
  • Riesgos > Enumeración y explicación de la gestión de riesgos organizacionales, es decir, de los procedimientos que se llevan a cabo para detectarlos, y evaluarlos de acuerdo con los citados indicadores de referencia. La información que se incluya ha de ser sobre posibles impactos detectados ofreciendo un desglose de los mismos, así como una evaluación de estos a corto, medio y largo plazo.
  • Indicadores clave de resultados no financieros > Para ello se utilizarán referencias que puedan ser aplicadas, además tienen que cumplir con las instrucciones de la Comisión Europea, así como los estándares del Global Reporting Initiative. Tendrá que indicarse en el informe si se ha utilizado un marco nacional, europeo o internacional, según la materia.

Información no financiera

  • Política medioambiental. Las empresas tendrán que informar sobre datos relativos a la contaminación, prevención y gestión de residuos, la lucha contra el cambio climático, etc.
  • Sociales y relativas a los empleados (incluyendo la denominada brecha salarial y la conciliación familiar y laboral).
  • Respeto de los derechos humanos.
  • Medidas contra la corrupción, el soborno y el fraude.
  • Otros aspectos de la sociedad como tal (compromiso de esta con el desarrollo sostenible, proveedores, consumidores e información fiscal).
Con la anterior norma jurídica que regulaba esta materia cabía la posibilidad de que las empresas omitieran información. La justificación de las sociedades radicaba en que facilitar cierta información podía perjudicar gravemente su posición comercial. Esta posibilidad ha sido suprimida.

Emisión, verificación y publicación del informe

El estado de información no financiera se emitirá en un informe separado y tendrá que indicar de forma expresa que esta información forma parte del informe de gestión.

También deberá incluir los datos e información que la ley obliga y tendrá que someterse a los mismos criterios de aprobación, depósito y publicación que el citado informe. Esta información ya venía contemplada en el Real Decreto-ley 18/2017.

En cambio, la normativa que regula esta materia sí que ha aprobado novedades en cuanto a la aprobación, verificación y publicación del estado de información no financiera:

  • El informe sobre el estado de información no financiera tiene que ser presentado como un punto separado del orden del día, para que pueda ser aprobado en la junta general de accionistas de la sociedad.
  • La información que se incluya en dicho informe tendrá que ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. Será un auditor objetivo e imparcial el que verifique que en el informe de gestión está incluida la información no financiera, es decir, acreditará la existencia.
  • El informe tendrá que ser accesible para cualquier tipo de público de forma gratuita y totalmente accesible, en la página web de la sociedad. El plazo para publicar dicho informe será de 6 meses a partir del cierre del ejercicio financiero y por un plazo de cinco años.

A pesar del proceso de verificación, existe el registro EMAS; esta acreditación será válida y suficiente para que las empresas cumplan con el apartado de información medioambiental.

Las empresas también podrán complementar la información medioambiental con estudios como el de la huella de carbono o de políticas de adaptación al cambio climático.

Responsabilidad Social

El Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas tendrá la obligación de emitir un informe anual sobre la información que se extraiga de los estados de información no financieros. Dicho informe tendrá que presentarse en el Senado.

La Ley 11/2018 ha supuesto un auténtico cambio legislativo al ampliar la información no financiera que tienen que proporcionar determinadas empresas. La información se amplía a materias tan importantes como los derechos humanos, la diversidad y la protección medioambiental.

En Investa nuestros asesores de empresas podrán informarte sobre todos los detalles o las preguntas que puedas tener respecto a este tipo de informe.

 

Foto de Ryutaro Tsukata en Pexels