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Diferencias entre una sociedad SL y una SLU

Si quieres crear una empresa, te explicamos las diferencias entre una SL y una SLU, también llamada Sociedad Limitada Unipersonal, y las diferencias con un autónomo.

El concepto de sociedad de responsabilidad limitada reside en que tan solo existe, únicamente, un socio.

Un solo dueño tiene el 100% de las acciones de la empresa. Puede administrar la empresa o contratar a alguien más sin que pierda acciones.

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Diferencias entre una SL y una SLU

Legalmente, es importante que la empresa unipersonal muestre claramente su condición en todas sus operaciones y documentos. Esta particularidad debe ser inscrita en el Registro Mercantil desde el inicio de las actividades empresariales, bajo la denominación de Sociedad Limitada Unipersonal (SLU).

Es fundamental comprender que se puede configuar una SLU puede darse de diversas formas.

Una persona puede crear una empresa como fundador. Esto implica establecer el capital mínimo requerido por la ley, elegir a los administradores y decidir el nombre de la empresa. Estos son aspectos importantes para su creación oficial. Estos son aspectos importantes para su creación oficial.

Una SLU puede formarse cuando todas las acciones de una empresa con varios socios pasan a ser propiedad de una sola persona debido a circunstancias específicas.

Es importante registrar bien los detalles en el Registro Mercantil. Esto garantiza la transparencia y la estructura legal adecuada de la entidad en ambos casos.

¿Qué sociedad es más ventajosa, SL o SLU?

Al considerar la formación de una empresa, muchos emprendedores se debaten entre elegir una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) o una Sociedad Limitada (SL). Ambas opciones presentan características únicas que pueden influir significativamente en la gestión y el crecimiento de tu negocio. Aunque comparten similitudes en términos legales y estructurales, las diferencias prácticas entre una SLU y una SL son cruciales para tomar la decisión más acertada.

Una de las ventajas más destacadas de la SLU radica en el control absoluto que ejerce el único socio sobre la empresa. Esta estructura simplifica enormemente la toma de decisiones y la implementación de estrategias, ya que no requiere del consenso de varios socios. Para crear una SLU, es importante registrarse en el lugar correcto y especificar los estatutos y la responsabilidad de los socios. Esto garantiza la transparencia y el cumplimiento legal de la empresa.

En contraste, la Sociedad Limitada (SL) permite la acumulación de un mayor capital social gracias a la participación de varios socios.

Esta modalidad fomenta una diversidad de perspectivas y puede facilitar la recaudación de fondos, lo cual es especialmente ventajoso para proyectos de mayor envergadura.

Los estatutos de la empresa deben incluir reglas internas. Estas reglas pueden abarcar la repartición de ganancias. También deben establecer las responsabilidades de los socios. Además, es necesario especificar cómo se toman decisiones en grupo.

La correcta inscripción en el registro de estos detalles garantiza la transparencia y el orden dentro de la organización.

La elección entre una SLU y una SL depende de varias cosas. Algunos factores a considerar son el tipo de negocio, los objetivos a largo plazo y si prefieres una gestión más centralizada o colaborativa. Cada opción ofrece un conjunto distinto de beneficios y limitaciones que deben ser cuidadosamente evaluados para asegurar el éxito y la sostenibilidad de tu empresa.

Asesoría Fiscal para empresas, autónomos y particulares

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Características de una SLU

Esta forma mercantil está recogida en los artículos 12 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital y fue incorporada al ordenamiento jurídico por la transposición de la Directiva Comunitaria 89/667 relativa a las sociedades de responsabilidad limitada de socio único.

La Sociedad Limitada Unipersonal, también llamada Sociedad Unipersonal de Responsabilidad Limitada, surge como posibilidad del empresario individual a ejercitar su empresa con responsabilidad limitada frente a sus acreedores.

Pueden darse dos tipos de sociedades unipersonales:

    • La constituida por un único socio (sea persona física o jurídica). De esta manera, la unipersonalidad surge de un negocio jurídico unilateral, esto es, la voluntad de éste socio único es la que prevalece.

    • La establecida por dos o más socios, pero cuyas participaciones han pasado a ser propiedad de un único socio. No se precisa una transformación societaria, ya que se mantiene la forma social originaria. A este tipo también se le denomina Sociedad Unipersonal Sobrevenida y debe estar inscrita en el Registro Mercantil, haciendo manifiesta la identidad del socio único.

 

Si eres autónomo y estás pensando en si es mejor o no montar una SLU, el área fiscal de Investa te puede asesorar y explicarte las diferencias que hay y que es lo que más te conviene dependiendo de la facturación anual.

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